Los campos marcados con * son obligatorios
Tasa anual
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Interés anual
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Interés diario
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Interés al plazo
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Retención de impuesto
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Total a recibir
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Sobre la retención del SRI
Esta retención es un impuesto que recauda el Servicio de Rentas Internas (SRI), no un cobro de la Cooperativa. La Cooperativa solo lo descuenta y lo entrega al Estado, tal como lo exige la ley.
- Desde el 1 de marzo de 2026 la retención pasó del 2% al 3%.
- Solo aplica a inversiones con plazo menor a 180 días. Desde 180 días en adelante no se retiene nada.
- Se calcula únicamente sobre el interés que ganas. Tu capital nunca se toca.
Valores referenciales calculados sobre año comercial de 360 días. La tasa definitiva se confirma al momento de la apertura del certificado.
